Sí el mes pasado tratábamos sobre los pasaportes y la libertad de movimiento por los países de la Unión Europea, en esta ocasión nos ocupamos de la facultad para "pasar, vivir, residir y comerciar" que obtuvieron los comerciantes extranjeros en los territorios ultramarinos gracias a las CARTAS DE NATURALEZA, lo que actualmente podríamos considerar adquirir la "nacionalización".
Precisamente uno de los derechos fundamentales de los ciudadanos es el reconocimiento del vínculo que lo une al territorio en el que reside y se desenvuelve en su día a día: la nacionalidad. Entre las formas de obtenerla en la actualidad se encuentran las cartas de naturaleza, otorgadas por el Gobierno mediante Real Decreto.
Si retrocedemos a la Edad Moderna, encontramos un homólogo en forma de Real provisión que contuvo el mismo negocio jurídico, con la misma denominación, carta de naturaleza, para alcanzar, en este caso, el status de vasallo de los reinos de Castilla.
En varias secciones del Archivo de Indias se encuentran las copias de las cartas de naturaleza de extranjeros de distintas nacionalidades (alemanes, italianos, portugueses, "raguseos", holandeses, griegos, etc.) que, avecindados en estos o en aquellos dominios, nos muestran en qué consistía el proceso para adquirir la naturalización con el fin de ser tenidos como naturales, sin diferencia alguna respecto a los de los reinos de Castilla.
Carta de naturaleza de Nicolás Langton, ciudadano irlandés. Facsímil.
Carta de naturaleza de Tomás Rodomonte, ciudadano veneciano. Facsímil.
Carta de naturaleza de Juan Bautista Rapalo, ciudadano genovés. Facsímil.
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