jueves, 15 de agosto de 2024

El documento del mes de agosto (2024) del Archivo de Indias.

 


El Archivo General de Indias dedica el documento del mes de agosto al Consejo de Indias y, en particular, a sus ordenanzas. Esta institución, que asesoraba al monarca en la toma de decisiones y administraba las posesiones españolas en Ultramar.

Aunque inicialmente fue el Consejo Real de Castilla el que asumió estas cuestiones, pronto adquirieron tal relevancia que se formó una junta específica, hasta que en torno a 1523 o 1524 se formalizó un Consejo específico para las cuestiones relativas a las “Islas y Tierra Firme del Mar Océano”.

El “Real y Supremo Consejo de las Indias” fue la más alta institución de la administración española en América y Filipinas. Era un órgano corporativo, formado por varios consejeros, que asesoraba al monarca en todo lo relativo al Nuevo Mundo. Pronto desarrolló una activa labor política, legislativa, hacendística y judicial, aunque la necesidad de regular mejor su funcionamiento derivó en la recopilación de unas ordenanzas específicas, promulgadas en 1542.


Sus cuarenta capítulos detallaban sus competencias sobre los territorios ultramarinos y, en particular, su superior autoridad sobre las distintas autoridades creadas en los nuevos dominios hispánicos, singularizadas en las audiencias. Si los virreyes y gobernadores representaban al monarca en lo político y administrativo, supervisando la labor de los oficiales reales, las audiencias asumían competencias judiciales y las cajas reales la administración del erario. La iglesia y su labor evangelizadora también se vieron ligadas al Consejo de Indias, al ser éste el órgano que asumía el patronato regio en materia eclesiástica, concedido por la Santa Sede. Finalmente, aunque el tráfico marítimo entre el Viejo y el Nuevo Mundo fue gestionado por la Casa de la Contratación, y el Consulado de Cargadores a Indias funcionó como entidad autónoma para las gestiones de los mercaderes involucrados en el comercio transoceánico, ambas instituciones quedaron al amparo del Consejo de Indias. 

Sus dependencias se instalaban allí donde residiese la corte, distinguiendo las labores gubernativas, a cargo de los consejeros y sus oficiales, de las hacendísticas y las judiciales. La Contaduría Mayor del Consejo de Indias supervisó los ingresos y gastos de la Corona, revisando la documentación remitida por las cajas reales, mientras que la sala de Justicia asumió las funciones de Tribunal Supremo para todas las audiencias americanas, la Casa de la Contratación y el Consulado de Cargadores a Indias. 

Se mantuvo operativo a lo largo de tres siglos, aunque que las reformas administrativas del siglo XVIII le restaron atribuciones. Aún funcionaba a comienzos de la siguiente centuria, hasta que la supresión de instituciones del Antiguo Régimen sancionó su desaparición. 

Su ingente fondo documental, repartido entre el Archivo General de Simancas y las dependencias de la corte, fue transferido a la antigua Casa Lonja de Mercaderes en 1785, dando origen al Archivo General de Indias.

jueves, 1 de agosto de 2024

La Calle del Trasbolso.

 

La foto que vemos más abajo es de la calle Mariscal, conocida por ser la vía más estrecha del callejero de Sevilla. Nace en la Plaza de los Refinadores, donde de pared a pared alcanza sólo 101 centímetros de ancho, y viene a finalizar su recorrido en la Calle Doncellas y la Plaza de las Cruces.

La "Calle Mariscal Diego Caballero" se rotula en 1868 en honor del mariscal Diego Caballero, caballero veinticuatro sevillano que vivió en el barrio de Santa Cruz. Con esta denominación completa se rotuló oficialmente en 1935, pasando de nuevo a la rotulación abreviada actual en 1949, o sea, "Calle Mariscal". 

Anteriormente fue conocida como Calle del Trasbolso o Trasbolsa, al parecer por estar localizado en las proximidades el banco de Pedro de Morga que quebró ruidosamente en el siglo XVI. 

El plano de Olavide (1771) la denomina de la Nieve, y el de Sartorius (1848) la incluye en Cruces. Calle muy corta y "la más angosta que hay en Sevilla pues con dificultad caben por ella dos personas pareadas", al decir de González de León "se ensancha en la confluencia con Doncellas, probablemente como consecuencia del plan de alineaciones y ensanches de finales del siglo XIX y principios del XX".


Sólo tienen puerta a la calle tres casas por la línea de los números pares, presentando una de ellas un pequeño patio delantero probablemente como consecuencia de la actuación de los referidos planes de ensanche. La casa núm. 4 es de dos plantas y ático con vanos de medio punto; junto a ella hay un azulejo de la época de Olavide con el rótulo Trasbolso, el que vemos en la foto de arriba. El pavimento, sin aceras, es de losas de Tarifa y chino lavado.

sábado, 13 de julio de 2024

El documento del mes de julio (2024) del Archivo de Indias.

 


El Archivo General de Indias dedica el documento del mes de julio al nombramiento del doctor Diego Beltrán como uno de los consejeros que integraban el Consejo de Indias. Esta institución, que asesoraba al monarca en la toma de decisiones y administraba las posesiones españolas en Ultramar, interviniendo en cuestiones gubernativas, hacendísticas, militares, judiciales y religiosas. Inició su andadura en fecha incierta, aunque este documento acredita que, al menos en 1523, ya funcionaba con regularidad, aunque la fecha de su fundación se considera 1524.

El doctor Diego Beltrán era natural de Medina del Campo (Valladolid), aunque no tenemos datos concretos de sus primeros años de vida. En 1506 fue nombrado alcalde de casa y corte y, a partir de 1512, comenzó su vinculación con las posesiones españolas en América, pues intervino en asuntos relacionados con la Casa de Contratación, y en 1516 accedió al Consejo Real de Castilla.

En 1516 accedió al Consejo Real de Castilla, aunque cesó en su puesto tras verse envuelto en varias intrigas políticas, de las que no salió muy bien parado. Ahora bien, su estrella cambió el 8 de marzo de 1523, cuando fue nombrado consejero vitalicio del Consejo de Indias, el primero de quien se tiene constancia que recibió un salario, voz y voto.


En esta Real Provisión, a la que el Archivo General de Indias dedica el documento del mes, don Carlos y doña Juana nombran a Diego Beltrán consejero de Indias, con voz y voto, y con todos los privilegios que gozaban los restantes miembros del Consejo.

En el nombramiento queda recogido el salario que debía percibir, ordenando a los contadores mayores que le libren cien mil maravadíes cada año que sirva en dicho oficio. Diego Beltrán se convierte así en el primer miembro asalariado del Consejo de Indias y el nombramiento era con carácter vitalicio.

También obtuvo el estanco de la recogida de pastel, orchilla y coral en todas las Indias, más los derechos de registro de las Audiencias de Santo Domingo y México. Todos estos beneficios, sumados a la facultad para establecer una compañía que trasladase esclavos negros a las minas de Guatemala, mejoraron de manera significativa su situación económica.

Supeditado a la situación política del momento, su vinculación con el Consejo de Indias finalizó en 1542 o 1543, tras una inspección o “visita” que se realizó a la institución y tras constatar varias prácticas fraudulentas en las que se vio implicado. Condenado y arruinado, falleció en fecha incierta, aunque en 1555 se documenta un pleito de sus herederos por salvar parte de sus bienes.

lunes, 10 de junio de 2024

El documento del mes de junio (2024) del Archivo de Indias.

 


Esta edición del Documento del Mes  de junio de 2024 es la primera de las que durante el segundo semestre del presente año se han programado en conmemoración del V Centenario del Consejo de Indias. Este Consejo es una de las principales instituciones cuyos fondos se custodian en el Archivo General de Indias. Además, su influencia en la Historia de los ss. XVI al XIX es importantísima.

El Consejo de Indias era un órgano colegiado cuya misión era asesorar al rey en el gobierno de los territorios al otro lado del Océano. Hubo varios consejos más (de Italia, de Hacienda, de Guerra), por eso se ha denominado el sistema administrativo de esta época sistema polisinodial (De poli- : muchos; y del griego sýnodos, que significa asamblea).

Todos estos Consejos se fueron separando del primer Consejo: el Consejo Real, también llamado Consejo de Castilla, que ya existía en la Edad Media.

En el caso del Consejo de Indias, es una institución de la que no se tiene un documento fundacional que fije una fecha exacta. Habitualmente, los historiadores estiman que se creó en 1524, en base a una serie de criterios jurídicos. Sin querer entrar en esta cuestión tan compleja, desde el punto de vista de la archivística, sí podemos asegurar que esta institución empieza a producir documentos, al menos, en 1519.

Magallanes, testigo en un proceso.

Precisamente, los documentos que lo atestiguan son los contenidos en este proceso del Licenciado de Prado, fiscal de sus altezas, contra Juan de Aranda, factor de la Casa de la Contratación. Juan de Aranda era un empleado de la Casa de la Contratación que entró en contacto con Fernando de Magallanes y su compañero Ruy Falero cuando éstos llegaron a Sevilla desde Portugal, en 1517.

Magallanes y Falero tenían un proyecto para llegar a las Islas de las Especias navegando hacia occidente. Juan de Aranda se ofreció a introducirlos en la corte del joven rey Carlos I (que luego sería el emperador Carlos V), pero a cambio de ello, les pidió que le dieran una parte de los beneficios que, si tenían éxito, obtuvieran de su expedición (esa que terminó siendo la I Vuelta a Mundo, culminada por Juan Sebastián Elcano).


El documento es interesantísimo por relatar la llegada de Magallanes y Falero a Castilla y aportar muchos datos biográficos sobre estos personajes.

En el documento, abajo a la derecha, podemos ver la firma de Fernando de Magallanes en señal de autenticidad de las respuestas al interrogatorio que constituyen su declaración.

Un documento del Consejo de Indias que nos dice cómo era éste

El aspecto que hoy queremos destacar, sin embargo, no es el relacionado con Magallanes; sino lo que sobre el propio Consejo averiguamos con estos documentos. Tal y como en el mismo proceso se dice, éste se sustanció ante el Consejo de Indias, en 10 sesiones, que transcurrieron entre el 12 de abril y el 5 de agosto de 1519.

Destacaremos cuatro aspectos acerca de la naturaleza institucional del Consejo en este momento:

1.- Funciones y competencias

En estos documentos vemos como el Consejo tiene funciones judiciales, dado que el asunto de ellos es, precisamente, un proceso. El Consejo también tuvo funciones gubernativas y resolvía cuestiones administrativas. En aquella época no existía la separación de poderes que conocemos hoy en día; y lo judicial, lo ejecutivo y lo legislativo no tenían una delimitación clara. Era frecuente que una misma institución tuviera competencias en los tres ámbitos

2.- Los miembros del Consejo

El Consejo tiene un nombre con que se identifica y una plantilla definida. En el documento aparecen el nombre del Consejo y el de sus miembros y el cargo que estos ocupan. En los destacados se lee lo siguiente: (1) “Estando juntos en el Consejo de las Indias”; (2) “El señor Obispo”; (3) “de Burgos, presydente”; (4) “Don García de Padilla”; (5) “Licenciado Çapata”; (6) “prothonotario Pedro Mártil del dicho Consejo”; y (7) “El secretario Francisco de Los Covos”.

Se hace constar la presencia de:

A. Un Presidente: el obispo de Burgos, es decir, Juan Rodríguez Fonseca, que era miembro del Consejo Real y venía encargándose de los asuntos relativos al Nuevo Mundo.

B. Tresconsejeros:

1. Don García de Padilla

2. El Licenciado Zapata

3. El Protonotario Pedro Mártir de Anglería

C. Un fiscal:el Licenciado de Prado

D. Dos secretarios: Francisco de Los Cobos y Juan de Samano, que se turnan en las distintas sesiones de este Consejo.

Así, vemos cómo el Consejo tenía una estructura fija y completa de miembros.


3.- Una actividad contínua

Por las fechas de las diligencias del secretario, sabemos que se reunía de manera periódica y ordinaria: Este asunto se vio en las sesiones del 12 y el 19 de abril; el 25, el 27 y el 28 de junio; el 2, el 13, el 14, el 15 y el 20 de julio; y el 5 de agosto. Probablemente hubiera otras sesiones durante aquellos días, aunque en éstas no se tratara el caso de Juan de Aranda y, por ello, no constan en el documento que nos ocupa.


4.- ¿Una institución itinerante?

Las sesiones se celebraron en Barcelona, donde sabemos que se encontraba temporalmente el Rey, lo cual nos da a entender que, muy probablemente, el Consejo aún no tenía sede fija (como luego tuvieron todos en el Alcázar de Madrid), sino que, tal y como era costumbre durante la Edad Media, iba acompañando a la Corte, que era aún itinerante.


Este proceso es, en todo caso, el primer documento que conocemos producido por el Consejo de Indias, en 1519, aunque dicho órgano no recibía aún el título de Real y Supremo Consejo de las Indias que luego se le otorgaría y que, según muchos historiadores del derecho, le da toda su naturaleza institucional.

lunes, 3 de junio de 2024

El Niño Milagroso, cada primer domingo de mes.

 

Ayer fue el primer domingo de mes, en este caso del mes de junio. Y como es tradición, las Hermanas del Convento del Espíritu Santo muestran al Niño Milagroso, la figura religiosa de mayor devoción de todas las que se conservan en el convento y en la iglesia  y a la que se encomiendan los parroquianos y muchos otros sevillanos.


Una leyenda habla que fue llevada por un desconocido, quien un día arribó al trono monacal y pidió el favor a una monja que le guardase un paquete que llevaba consigo, que reclamaría luego. La hermana lo guardó sin cuestionar.

Los días pasaron, hasta completar un año, y el dueño del misterioso paquete nunca regresó. Las superioras del convento tomaron la decisión de no esperar más y descubrir que había en el interior de la caja.

Dentro se hallaba una hermosa imagen del Niño Jesús que llevaba en su mano izquierda una Cruz y en la derecha un silbato en forma de pez. Las monjas de inmediato lo acogieron en la comunidad, y le dieron por nombre «El Niño Esposo». Incluso le confeccionaron varias ropas, entre ellas una de fraile.


Pese a que la imagen permanecía en el convento, comenzó a ser conocida por los fieles, quienes empezaron a recibir múltiples gracias del Divino Niño. Tales eran sus milagros, que dejó de llamarse "Esposo", pasando a ser el "Niño Jesús Milagroso".

De Él recibió revelaciones la Madre Juana de la Cruz Lozano y Soria, quien era religiosa del Monasterio y mística. De acuerdo con las crónicas del convento, el Niño Jesús le pidió que se le colocase en su mano izquierda una campanita como símbolo de las llamadas interiores que Él hacía a las almas.

Llama la atención que el joyero, sin que las monjas le indicaran, grabó en la campana una rosa y una Cruz, tal como el Divino Infante lo había solicitado; y varios devotos han admitido haber escuchado el toque de la campana una vez se realizaba un milagro.

domingo, 19 de mayo de 2024

El documento del mes de mayo (2024) del Archivo de Indias.




La Universidad de la Ciudad de los Reyes.

El Archivo General de Indias dedica el documento del mes de mayo a las Constituciones de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos en Lima, que se considera tras su creación, por Real Cédula el 12 de mayo de 1501, la más antigua de América y la única que funciona ininterrumpidamente desde el siglo XVI. 

Fray Tomás de San Martín fue quien gestionó la fundación de la Universidad consiguiendo que Carlos I firmase la Real Cédula que da origen a su fundación. La Universidad se inauguró el 2 de enero de 1503  por el bien y ennoblecimiento de aquella tierra, como reza la Real Cédula de fundación. 

El Archivo General de Indias custodia un expediente formado a la instancia de la Universidad de la ciudad de Lima, sobre gozar de las mismas preeminencias que la de Salamanca que acompaña las Constituciones. 



El germen de la Universidad se encontraba en los Estudios Generales del convento del Rosario de Lima, que estaba a cargo de los dominicos. Tras la fundación de la Universidad, esta pasa a denominarse Real Universidad de la Ciudad de los Reyes y se le otorgaron los privilegios que ostentaba la Universidad de Salamanca en España, aunque algo más limitados.

La Universidad de San Marcos de Lima contó en un primer momento con pocos recursos económicos, de hecho, los primeros maestros no recibían ninguna retribución por dar sus clases. Entre ellos se encontraban salmantinos con sobrada experiencia, como eran fray Antonio de Hervias o fray Bartolomé de Ledesma.

El Archivo General de Indias custodia un expediente de la Universidad de la ciudad de Lima sobre gozar de las mismas preeminencias que la de Salamanca que acompaña las Constituciones.


En las Constituciones de la Universidad se manda a fundar y dotar la universidad de letras de esta ciudad conforme a la de Salamanca y con los privilegios y libertades della y también se marcaban las pautas de funcionamiento de esta y de sus empleados.

Al mismo tiempo se creaban los símbolos de la propia Universidad, como el Arca de Universidad con tres llaves, es decir el Archivo de la Universidad, así las Constituciones recogían, "aya un arca que llamen el arca de la universidad, que tenga tres llaves, la una tenga el rretor, y las otras dos los dos consiliarios mas antiguos, en la qual se echaran los derechos que le pertenescieren conforme a la constitución que desto habla. Para que se disponga dellos como al claustro le paresciese y no de otra manera y el sello y que tenga la universidad sello pendiente para que vayan sellados los títulos de los Graduados, las quales serán en un escudo, la mitad del escudo las armas de santo domingo, que es nuestra señora del rosario y la otra mitad del escudo una mar y una estrella encima y una lima abaxo".

Las Constituciones también recogían los requisitos que se pedían a los estudiantes para conseguir su título, diferenciando si estos eran bachilleres o licenciados. Estos grados, podían ser de teología, cánones, leyes, medicina y artes. Las Constituciones también trataban como era el examen final que tenía que pasar el alumno, donde el padrino tenía que plantearle una cuestión al alumno y éste debía responder delante de los demás brevemente.

En definitiva, las Constituciones reflejaban los derechos que tenían los estudiantes, cuestiones relativas del día a día y al buen funcionamiento de la Universidad, siendo el prototipo de las treinta universidades que fundaron los españoles.

miércoles, 24 de abril de 2024

Quoniam pater meus et mater mea...

 



En la calle Cuna, sobre la fachada del establecimiento Galerías Madrid, nos encontramos con este mármol que recuerda a unos de los establecimientos más conocidos de la historia oscura de nuestra ciudad: el "Hospicio para recogidos de Niños Expósitos".

El hospicio se encontraba entre los números 13 y 17 de la antigua calle Arqueros, en 1248, o calle Carpinteros o Carpintería, en 1384. Allí era donde se recogían a los huérfanos de Sevilla o “niños incómodos” por ser fruto de una relación prohibida. Era la “Casa Cuna” de Sevilla, el antiguo “Hospicio para Recogidos de Niños Expósitos” con la advocación de San José y fundada en el año 1558 por el arzobispo Fernando Valdés. Fue en el año 1627 cuando se trasladó a este punto de Sevilla en la hoy calle Cuna, que recibe su nombre del citado hospicio.

Nada más entrar una leyenda daba la “bienvenida”: 

“Porque mi padre y mi madre
me desampararon, 
el Señor me recogió”.

En torno a este edificio encontramos en el “Manual para viajeros por Andalucía”, de Richard Ford, de 1830, una referencia muy tenebrosa, sobrecogedora:

"La cuna de Sevilla fue fundada por el clero de la Catedral y la administran doce directores, seis civiles, y seis canónigos, pocos lo frecuentan o le prestan ayuda, excepto aportando residentes... Un postigo, el torno, está practicado en la pared, y se abre con solo tocarlo, para recibir a los inocentes hijos del pecado; y una vigilante vela la noche entera para coger a los abandonados por padres que ocultan su culpa en la oscuridad... Algunos de los recién nacidos están ya moribundos y los traen aquí para evitarse el gasto del funeral, otros están casi desnudos, mientras que algunos aparecen bien provistos de ropas y cosas necesarias. Estos últimos son retoños de las clases altas y el motivo es ocultarlos temporalmente. En estos casos van también con ellos las cartas más emocionantes, pidiendo a los encargados que tengan más cuidado del normal con un niño que, sin duda, será reclamado en su día...

Todos los detalles correspondientes a cada niño expósito se apuntan en un libro, triste registro del delito y del remordimiento humano. Los niños que luego son reclamados pagan dos reales por cada día que el hospital les ha mantenido...

A menos que vaya un nombre con el niño, éste es bautizado con el que le da la directora y que suele ser el del santo del día de su llegada. El número de esos niños es muy grande y aumenta rápidamente con la creciente pobreza, mientras que el dinero destinado a sustentarles disminuye por la misma razón...”


El edificio constaba de dos patios y varias salas de uso común, así como de múltiples habitaciones destinadas a los niños y niñas acogidos. Acogió a cientos de niños y niñas que habían sido abandonados por sus padres o que se encontraban en situación de desamparo. Los pequeños eran cuidados por religiosas y por personal contratado por la institución, que se encargaba de su educación y formación.

Con posterioridad el edificio cesó en sus funciones en este emplazamiento y cedió su lugar a la “Casa Cuna” junto al Parque Miraflores, hoy sede de la Fundación San Telmo, edificio de 1914 de Antonio Gómez Millán de estilo regionalista con ladrillos y azulejos.